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Enfemera de la Universidad del Rosario de Bogotá-Colombia-Abogada de la Universidad Nacional de Colombia. Con formación postgradual en Gerencia de la Salud Pública,Instituciones Jurídico Laborales , Políticas Sociales con Enfasis en Salud y Docencia. He sido profesora de Etica y Bioética, FORMACION POLITICA en universidades como: Fundación Universitaria del Area Andina en Bogotá-Colombia; y me desempeñè como Enfermera HUS de Bogotá ; Conferencista en las áreas de Responsabilidad profesional, políticas de Salud y enfermería, Etica y Bioética, Derechos fundamentales, en especial derechos de los niños y niñas. Expresidenta del Consejo Técnico Nacional de Enfermería CTNE -período 2008-2010. Fui hasta el año 2015 miembro de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia ANEC.

domingo, 3 de febrero de 2013

LEY 266 DE 1996: HACIA SU MAYORÍA DE EDAD

UN HOMENAJE A LA ENFERMERÍA COLOMBIANA

El pasado 25 de Enero ,  la Ley 266 de 1996 o Ley que regula el ejercicio de la profesión de Enfermería en Colombia, cumplió 17 años de su expedición. 

El valor y lugar de este proyecto de desarrollo profesional  en ascenso a su mayoría de edad, nos llena de emoción tanto a quienes participamos de su gestación, como a los miembros de Enfermería.

Los siguientes párrafos muestran  el proceso de la Ley ,  invitando a reconocer que el tiempo no pasa en vano;  que su presencia  ha sido seductora, y con su  texto glamouroso  como toda jovencita resulta pretendida no solo por los miembros de Enfermería, sino de otras profesiones que, a veces y celosamente, miran su atractivo como una amenaza.

UN PROCESO COLECTIVO: La expedición de la Ley 266 de 1996, fue el resultado del convenio de colaboración 1993-1997 suscrito por  la  ANEC-Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia y la Asociación Canadiense de Enfermeras CNA;  convenio centrado en iniciar un proceso de autorregulación , empoderamiento y organización, que contó con  amplia participación de las y los profesionales de enfermería de las regiones y de la Asociación Colombiana de Facultades de Enfermería ACOFAEN. 
La experiencia de la construcción colectiva de esta ley,  bajo el marco de una nueva Constitución política-1991-  recibió el apoyo del  legislativo de esa época, con dificultades para legitimarlo y apoyarlo por el Gobierno Nacional en cabeza del Ministerio de Salud. Es de reconocer que la profesión también sufrió en su sistema de acción, toda vez que había sido regulada anteriormente más con decretos gubernamentales que con leyes.

IMAGEN REFERENCIAL: El contenido de la Ley puede agruparse en  tres grandes ejes:

  1. EL “ORDEN PROFESIONAL”:  Señalando su sistema de valores y principios ,  su naturaleza y campo de acción, el conocimiento y formación, deberes y competencias profesionales y ámbitos de ejercicio.
  2. LA CONSTRUCCIÓN DEL “SISTEMA DE ORGANIZACIÓN DE LA PROFESION”: Sentando los fundamentos para la conformación de sus organismos rectores: Uno político, El Consejo Técnico Nacional de Enfermería CTNE, Otro de control social de la profesión o sistema de Registro Profesional , en cabeza de ANEC, y en el campo de la deontología de la profesión y la responsabilidad Ética de sus miembros se crea un tercer organismo: el Tribunal Nacional Ético de Enfermería TNEE. Igualmente se establece la estructura organizativa de los servicios de enfermería, las dinámicas de trabajo y la gestión del cuidado.
  3. Las NUEVAS RELACIONES INTERSUBJETIVAS : empodera tanto  a los profesionales de enfermería como depositarios del bien social del CUIDADO de ENFERMERIA ,sentando bases para que se autorregule y se responsabilice del cuidado, reconociéndole a los profesionales  sus  derechos; igualmente a las personas, la familia, la comunidad y el entorno les otorga la calidad de  SUJETOS DEL CUIDADO, calidad que adquieren por el derecho a un cuidado de calidad,  vida digna y bienestar .  De el espíritu de la Ley se infiere e interpreta que el sujeto cuidador:  la enfermera o enfermero , es y  debe ser  un humanista; el ser humano es su horizonte y motivo de sus afanes, señalando el camino para trascender de lo privado de la profesión a lo público, de lo cotidiano al mundo de la vida, convirtiendo a  ENFERMERIA en una  DISCIPLINA SOCIAL Y UNA PROFESION LIBERAL

NUEVOS PARADIGMAS: La concepción de la naturaleza de la enfermería del artículo 3o de dicha ley, es significativa para comprender los nuevos paradigmas para la profesión : disciplina social, profesión liberal, sujetos de cuidado, autorregulación profesional, formación académica. Con ellos se concreta una nueva lógica en y para  la  interacción comunicativa de la profesión con los procesos sociales donde se encuentra la salud ; de esta forma, se rompe el enfoque epistemológico que guiaba su quehacer “vocacional", voluntarista , activista , ausente de: mirada teórica, de estudio, de problematización, de investigación, de registro.

Por eso, las nuevas calidades de PROFESION LIBERAL Y DISCIPLINA DE CARÁCTER SOCIAL como se define Enfermería  requieren la legitimación de su  objeto  : el CUIDADO ; desarrollando y aplicando teorías de Enfermería , el  proceso de enfermería,  competencias profesionales  , defendiendo los espacios , aprehendiendo y haciéndose cargo del quehacer profesional, estableciendo dinámicas de trabajo en interacción con otras disciplinas y así llegar a la cima propuesta por la ley: el trabajo multisectorial  e interdisciplinario.

LOS AVANCES : Muchos son los logros que se podrían señalar en la juventud de esta ley , cuya tarea no ha sido fácil. 
  • ·      Sin embargo, nuestra Ley ha sido modelo para otras  profesiones de la salud como Optometrìa, Talento Humano y de otros campos como la Topografía.
  • ·         El modelo del proceso  de Registro profesional de  ANEC, muestra su eficiencia de 15 años , registrando a 31892 enfermeras y enfermeros (de 46238 egresados- revista ANEC No 74)  cumpliendo con la delegación que le fue conferida por la Ley;  sin embargo, ha tropezado con dificultades por la no comprensión de la connotación colegial que da la Constitución Nacional a organizaciones como  la ANEC..
  • ·         El papel del CTNE como organismo de dirección de la Enfermería del país,  con sus declaraciones oficiales sobre la problemática de la profesión, su interlocución con el gobierno nacional y últimamente el espacio de asesoría sobre los asuntos de la profesión, dentro del Consejo de Talento Humano en Salud.
  • ·  El TNEE y sus tribunales regionales, modelo de avance del proceso de autorregulación que ha demostrado que los profesionales somos maduros para asumir nuestras responsabilidades.
  • ·         EL PROCESO DE AUTORREGULACION: Un aspecto avanzado, pese al contexto en que se desarrolla el ejercicio profesional, y cuestión que por su defensiva, lleva a las organizaciones de enfermería a estar siempre en estado de alerta.


PENDIENTES:   Señalaré unos aspectos  a manera de propuesta y discusión.
Los juristas señalan que una ley debe reglamentarse cuando los verbos de su articulado así lo expresan y necesitan de su aclaración.  En ese orden de ideas, la Ley 266 de 1996, es una ley de cumplimiento inmediato, toda vez que , los verbos que expresan este mandato son muy pocos. Tarea que se la dejo al lector.
  • ·  Se necesita trabajar por el  escalafón profesional, al igual que el sistema tarifario de los servicios de enfermería, y las bases de un “salario digno, y móvil”.
  • ·  No necesita reglamentarse las competencias profesionales. Estas competencias y han sido y son , motivo de seducción por parte de la profesión, pero de celos de otros actores-;  en mi entender son de cumplimiento  inmediato, y no necesitan de  aclaración ni de establecer competencias laborales, ni transversales , ni las que uno se imagine. A las competencias profesionales debe apuntar la formación y con ellas debemos demostrar que somos lo que hacemos . Las batallas por su defensa han sido muchas, pero se han ganado en justa lid.
  • ·    El diseño de las políticas de enfermería y estándares de cuidado: un trabajo que ha desarrollado en borrador el CTNE, requiere desarchivarlo y comenzar  su socialización, para su bendición final.
  • ·     El censo de profesionales de enfermería en cuanto a cargos y  ubicación,  a fin de establecer una racionalización del recurso.
  • ·       Operativizar los derechos de los profesionales de enfermería en torno al logro de un TRABAJO DIGNO- Se comenzó en el grupo de estudio de una de las Seccionales de ANEC, se necesita continuidad.
La LEY 266 de 1996, es un proyecto  vigente ; goza de buena salud y la belleza de una jovencita que aspira a un mayor desarrollo.  Razón de más, para unir nuestras energías en aras de no desfallecer pese a los nubarrones del contexto; para ello, la profesión debe superar su propia marginalidad, aquella que surge por el desgaste de lo social, lo político, lo cotidiano, lo humano. 

(revise el texto de la Ley) 
ley_266_1996.pdf