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Enfemera de la Universidad del Rosario de Bogotá-Colombia-Abogada de la Universidad Nacional de Colombia. Con formación postgradual en Gerencia de la Salud Pública,Instituciones Jurídico Laborales , Políticas Sociales con Enfasis en Salud y Docencia. He sido profesora de Etica y Bioética, FORMACION POLITICA en universidades como: Fundación Universitaria del Area Andina en Bogotá-Colombia; y me desempeñè como Enfermera HUS de Bogotá ; Conferencista en las áreas de Responsabilidad profesional, políticas de Salud y enfermería, Etica y Bioética, Derechos fundamentales, en especial derechos de los niños y niñas. Expresidenta del Consejo Técnico Nacional de Enfermería CTNE -período 2008-2010. Fui hasta el año 2015 miembro de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia ANEC.

martes, 1 de septiembre de 2015

COMPETENCIAS PROFESIONALES: ANTE EL ESPEJO DE NUESTRO PERFIL.

Muchas veces, con la obligación moral de un profesional , he participado en grupos para la defensa de las competencias  de  las y los profesionales de enfermería, que contempla el art 17 de  la Ley 266 de 1996 ,  con el convencimiento de que estas dejan ver quiénes somos, para qué existimos, y de qué estamos hechos: nuestro perfil profesional. Aquí algunas reflexiones.

En las profesiones estamos acostumbrados a la aparición de oleadas de recomendaciones que presumen resolver todos los problemas. En mi ejercicio profesional,  ha pasado de todo: formación por objetivos; que la reingeniería; la planeación estratégica; que es  mejor se enseñe y trabaje con marco lógico; pero desde hace unos años, se nos ha presentado como una pedagogía y forma de ejercicio profesional de “última generación”: la educación, el ejercicio , y la evaluación,  por competencias.

El concepto de competencias que contiene como componentes básicos  -habilidades, conocimientos y actitudes- , ha servido para que los  gobiernos se apeguen a él a su acomodo, justificando las reformas ordenadas por el Banco Mundial, tratando de salvar por medio de ellas,  el sistema económico.

En ese jueguito, se nos presenta la doctrina de las “competencias” con una cantidad de apellidos y abolengos como: competencias formativas, laborales, transversales, etc, etc, todas tratando no solo de colonizar los campos de acción profesional, sino de colocarse por encima de las competencias profesionales. La defensa de estas últimas ha sido una lucha constante de profesiones como Enfermería, lo cual parece que en los últimos tiempos ,en Colombia,  a algunos sectores en especial al gobierno  NO les queda más remedio que aceptarlas, además porque son mandato legal   y habría que ,en todo caso, reformar la ley: en derecho las cosas se deshacen como se hacen.

La propuesta de las competencias profesionales  Del marco de referencia de las competencias de la Ley 266/96, se puede inferir que la dimensión de las competencias profesionales  apunta a construir, dejar ver y hacer sostenible el perfil profesional  y el objeto de una profesión, razón por la cual  socialmente existe una profesión. En esa dimensión se  puede observar que existen tres elementos implicados:  El PARA QUE  y PORQUE de  las competencias.  La propuesta concreta de las mismas y  El marco social, económico y político de la formación y la salud para su aplicación.

Suele señalarse , en mi criterio falsamente,  que las competencias de la Ley 266 de 1996 son de alto vuelo y que para desarrollarse se necesita otro grado de formación profesional, etc, etc. Ante estos cuestionamientos  pregunto para el caso de Enfermería, y por citar un ejemplo de una de las competencias  : ¿Quiénes no están interesados en que las enfermeras conozcan como se dirige,  y dirijan el cuidado, los servicios, los programas de salud y enfermería,..? Sin entrar aquí en el debate sobre la formación,  apunto que, comoquiera que hoy se forme a los profesionales, esta formación SI y solo SI, debe tener como perspectiva de formación  las competencias profesionales de la Ley, de otra forma se estaría construyendo un profesional en la nada, o para el contexto laboral, que muchas veces no coincide con el propósito profesional. Además la historia ha demostrado que los profesionales han desarrollado la gama de competencias que la Ley les señala. Por ello, más bien , una pregunta orientadora del debate sería:¿para qué, y para quien se forma un profesional? Aclarando que es requisito sineguanon poseer el título de profesional de enfermería, y  la formación post gradual debe apuntarle también  a la máxima calidad de desempeño de las competencias, constituyéndose estas en el marco de referencia para cualquier nivel de formación.  

Durante los distintos debates sobre la propuesta concreta, los descriptores de las competencias de la Ley 266, he observado que algunos actores  desdeñan el conocimiento de los profesionales como objetivo a demostrar con las competencias, y por ello cambian el acento con propuestas de competencias procedimentales, e instrumentales que les resultaría , como se anotó al comienzo, muy útil para cumplir los mandatos externos, y salvar el caos financiero y organizativo del sistema de educación y salud.

Hace poco fui llamada a dar un concepto sobre un manual de funciones de los profesionales de enfermería de una Institución Prestadora de Servicios de Salud. Encontré un peso específico del 80% por fuera de las competencias profesionales, valorando más el  desarrollo instrumental de acciones como: chequeos de recursos, control de glosas, el manejo de las TIC’s, los data shows, etc, y cosa extraña, con ello se perdía el objeto de la profesión y la competencia para CUIDAR. No es casualidad  encontrar este tipo de situaciones que nos muestran , entre muchas cosas , los intereses del contexto y como, a veces,  nos prestamos al jueguito, trabajando sin marco de referencia legal, ignorando las competencias profesionales, con un agravante que no contemplamos: si ocurriera algún suceso desafortunado que tenga que ver con el deber objetivo del cuidado, mal podría adjudicarse tal responsabilidad al profesional. Recibí como respuesta: “que el cuidado se sobreentendía”, aún sigo pensando que NO tienen la razón.

Precisamente, el  objetivo central de las competencias es posicionar el cuidado y la  profesión, resolver los problemas que puedan surgir alrededor del cuidado, demostrar ciudadanía y participación,  lo cual es aplicable en cualquier ámbito del ejercicio profesional, y a eso no podemos renunciar. Por eso, las llamadas competencias de formación, las transversales, y si quiere las laborales, además de las tecnologías y técnicas procedimentales,  tienen su papel: servir de medio para un fin: desarrollo de las competencias profesionales. Este, a mi consideración, es el  verdadero sentido de “saber hacer”.
     
FINALMENTE: No podemos dejar sin valor a los sujetos del cuidado, razón por la que existen las profesiones. En el corazón de las competencias están ellos. Sin embargo, hoy parece que este ocupa un segundo plano, y se da gran valor al conocimiento concreto y las técnicas (ni siquiera las profesionales), con la falsa idea de que si se adaptan y son creativos en todas las circunstancias, (así sea sin recursos, y con cargas laborales)  - lo que algunos llaman “hacer en un contexto” , se  salvarán  del desempleo y de las falencias laborales del sistema.

Superemos la lógica instrumental, se necesita profesionales situados: con conocimiento, concepción y acción. El propósito y fin del cuidado será el faro que ilumine el campo de nuestras competencias, entonces a CUIDARLAS: ante el espejo de nuestro perfil. 
DOCUMENTO BASE QUE PUEDE SER CONSULTADO:Desarollo de las competencias del Profesional de Enfermería.pdf