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Enfemera de la Universidad del Rosario de Bogotá-Colombia-Abogada de la Universidad Nacional de Colombia. Con formación postgradual en Gerencia de la Salud Pública,Instituciones Jurídico Laborales , Políticas Sociales con Enfasis en Salud y Docencia. He sido profesora de Etica y Bioética, FORMACION POLITICA en universidades como: Fundación Universitaria del Area Andina en Bogotá-Colombia; y me desempeñè como Enfermera HUS de Bogotá ; Conferencista en las áreas de Responsabilidad profesional, políticas de Salud y enfermería, Etica y Bioética, Derechos fundamentales, en especial derechos de los niños y niñas. Expresidenta del Consejo Técnico Nacional de Enfermería CTNE -período 2008-2010. Fui hasta el año 2015 miembro de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia ANEC.

sábado, 1 de marzo de 2014

VIVIR SIN VIOLENCIAS

PREVENIR, , CASTIGAR , REPARAR  y PROTEGER de LAS VIOLENCIAS de GÉNERO y  CONTRA LA MUJER




Vivir sin violencias  no lo consigue ninguna ley. Lo consigue la sociedad . Pero el Estado y las instituciones tienen que ayudarle a acabar con todo tipo de violencias. Para prevenir, proteger, castigar y reparar las violencias de género y contra la mujer, como marco orientador de estas acciones ,  se expidió en Colombia la Ley 1257 de 2008.

 Ley_1257 de 2008-TEXTO.pdf

El problema de la violencia es un fenómeno que afecta a todas las personas y a la comunidad en general, sin embargo es uno de los problemas más dramáticos que afronta la mitad de la humanidad: las  mujeres. La dimensión del fenómeno debería considerarse, a mi entender, como un problema de Salud Pública, además de un asunto que afecta la paz, la seguridad y la convivencia ciudadana. 

En Colombia, Medicina Legal y la Consejería de Asuntos para la mujer reportaron  que entre el 2012 y 2013, se tuvo 65000 casos denunciados de violencias  contra las mujeres. La violencia de pareja es la principal causa de maltrato contra la mujer, el 88 % de los casos reportados se deben a este tipo de agresión. Los  altos índices de violencia hacen que Colombia ocupe  el tercer lugar en América en feminicidios:   Entre  el 2012 y 2013 ocurrieron 1316 homicidios contra las mujeres, siendo la población entre 25 y 29 años la que más casos presentó con 256 reportes.

La complejidad del problema exige avanzar en la prevención de las violencias, fortalecer los mecanismos de atención, protección y sanción de manera integral y efectiva  y constituye  una obligación constitucional y un imperativo ético del Estado Colombiano, las entidades territoriales,  las instituciones públicas y privadas,  las profesiones-especialmente las de la salud-, máxime cuando todas ellas están llamadas a garantizar a este grupo de la población el reconocimiento y goce pleno de sus derechos, especialmente el derecho a vivir una vida libre de violencias..  

El Estado colombiano ha ratificado importantes tratados de derechos humanos especialmente relacionados con la eliminación de todo tipo de discriminación y de violencias, y en  desarrollo de tales obligaciones internacionales, se expidió la Ley 1257 del 2008  que en su Artículo 2º define la  violencia contra la mujer, como cualquier  acción u omisión que le cause muerte, daño, sufrimiento físico, sexual, sicológico , económico y patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea en el ámbito público o en el privado.”
La violencia contra la mujer —muchas veces escondida bajo actos que se consideran “usuales”—  exige repensarla, trastocando creencias, mitos, hábitos y pensamientos que han llevado a considerar que es un problema doméstico y por tanto está en las mujeres evitarlo ya que esos  problemas “se arreglan en casa” porque “ella se lo buscó”, porque “algo habrá hecho”, ignorando una  realidad que se ubica entre las formas de discriminación, necesitando  de la intervención de la sociedad, el Estado y la Justicia.
Se propone desnaturalizar las violencias contra las mujeres no solo en la casa, escuela, trabajo, sino en los medios de comunicación y en el entorno social. Esto implica   un ejercicio permanente de debida diligencia, para proteger, atender, investigar, sancionar y reparar a la víctima,  tomando medidas en los distintos campos de actuación de todos y cada uno de los ciudadanos.

Dentro de las profesiones, este campo de acción debe ser asumido por los distintos sectores, principalmente por el sector educativo, el cual debe velar porque en el desarrollo de los currículos profesionales se realice un profundo análisis del problema y el marco normativo,  a fin de que se difunda, conozca, publicite y se haga de la exaltación de los derechos una realidad viable.

ACUARELA DE NANA MOUSKORI
En el campo de la salud y las profesiones bien puede evidenciarse en : Colas de espera, manejo de comentarios, lenguaje, distribución de espacios cuando una mujer se encuentra en estado de enfermedad,  discriminación entre los mismos profesionales y las profesiones por la condición de género, situación que en muchos casos depende de la actitud profesional.  ¿Cuánta reflexión debemos hacer  al respecto las profesiones de la salud, frente a aquello que,  a veces, nos parece normal?  Vivir sin violencias debería ser tema obligado de educación permanente por las profesiones, instituciones prestadoras de servicios de salud,  grupos de trabajo, seminarios etc, etc. 

Recordemos que la violencia contra la mujer no es solo física y que las  normatividades existentes constituyen, sin ninguna duda, un triunfo a nivel simbólico;  el poner una bandera de tolerancia  y pensamiento sobre la realidad de los derechos, donde nunca la había; es una actitud imperativa que debemos hacer realidad.

Al respecto felicito a  ANEC CUNDINAMARCA  ,y a las colegas interesadas en el tema, por la realización de  jornadas que han permitido  analizar aspectos de la violencia contra la mujer. Se anexa links para consultar la norma, y un documental NACER DE Jorge Caballero analizado en las jornadas desarrolladas por esta asociación.
 Ley_1257 de 2008-TEXTO.pdf
http://youtu.be/uxgpbCBQ2pw