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Enfemera de la Universidad del Rosario de Bogotá-Colombia-Abogada de la Universidad Nacional de Colombia. Con formación postgradual en Gerencia de la Salud Pública,Instituciones Jurídico Laborales , Políticas Sociales con Enfasis en Salud y Docencia. He sido profesora de Etica y Bioética, FORMACION POLITICA en universidades como: Fundación Universitaria del Area Andina en Bogotá-Colombia; y me desempeñè como Enfermera HUS de Bogotá ; Conferencista en las áreas de Responsabilidad profesional, políticas de Salud y enfermería, Etica y Bioética, Derechos fundamentales, en especial derechos de los niños y niñas. Expresidenta del Consejo Técnico Nacional de Enfermería CTNE -período 2008-2010. Fui hasta el año 2015 miembro de la Asociación Nacional de Enfermeras de Colombia ANEC.

viernes, 1 de marzo de 2013

EL CUIDADO: UN BIEN PÚBLICO



¿QUE HACE DEL CUIDADO  UN BIEN PUBLICO Y CUAL ES  SU  DIMENSIÓN POLÍTICA?




El goce del “cuidado” como bien público constituye un camino hacia el bienestar y desarrollo social. 

Presentamos algunas consideraciones iniciales hacia la comprensión de la importancia del valor de este bien y su dimensión política.

Del conjunto de recursos con que cuenta a su disposición el ser humano para su desarrollo y para la concreción de sus propósitos, existe una gran cantidad que poseen una naturaleza especial: no pertenecen en particular a nadie, pero pertenecen a todos. Algunas veces estos bienes, constituyen algo tan concreto y vital, y otras son intangibles como imprescindibles, y por ello pertenecen a la humanidad, e incluso, son pertenecientes al entorno. Estos bienes permiten salvaguardar la vida, el planeta, las minorías, la esencia del ser, las generaciones tales como: la diversidad cultural, la biodiversidad, EL CUIDADO, la paz.

Para Norberto Bobbio, “«público» tiene dos significados: si es contrapuesto a ‘privado’, (como en la distinción clásica entre ius publicum y ius privatum, que nos llega de los juristas romanos), o si es confrontada con lo ‘secreto’, por lo que adopta el significado de perteneciente a la ‘cosa pública’, al ‘Estado’, (…) ‘manifiesto’, ‘evidente’, ‘visible’.” (Bobbio, 95) . Para otros  pensadores un bien es público si cumple tres sentidos: el interés común, lo que no es secreto y es visible a la luz del día, lo que es accesible a todos: Lo colectivo, lo manifiesto, lo abierto. 

En el campo jurídico, los bienes se equiparan a las cosas bajo las condiciones de ser útiles al hombre y susceptibles de apropiación; adquiriendo valor por los derechos que se establecen sobre ellos o alrededor de ellos (ejemplo derecho al cuidado de la slaud, y derecho a la salud). Por ser bienes públicos el dominio se le concede al Estado y el poder jurídico con cargo a ser oponible y respetado por todos, convirtiéndose  en bienes  exigibles por todos aquellos que se encuentren en las mismas circunstancias.

Hoy son pocos los que ponen en duda la obligación Estatal de suministrar bienes públicos, generando controversias el nivel de gasto que debe destinarse, pero en general existe consenso EN QUE UN BIEN PUBLICO PURO, ES UN BIEN QUE:

-       Está disponible para todos.
-       No tiene rival ni es excluyente
-       Mejora la calidad de vida de las personas
-       Es de libre acceso

DIMENSION POLITICA DEL CUIDADO

Pese a que bienes como el cuidado reúnen las características de un bien público puro, su dominio se ha desenvuelto normalmente en esferas privadas y locales. En el caso  colombiano el cuidado   alcanzó visibilidad  mediante la Ley 1413 de 2010.

La tensión entre lo  público y privado del cuidado  es permanente, es histórica, con múltiples aristas; una de ellas radica en la falencia sobre la comprensión de la naturaleza como bien público y la participación que juegan los destinatarios de dicho bien.
Al respecto, Las Naciones Unidas (1993) , citando a Fisher y Tronto, consideran que el cuidado por ser “una actividad específica que incluye todo lo que hacemos para mantener, continuar y reparar nuestro mundo, de manera que podamos vivir en él tan bien como sea posible. Ese mundo incluye nuestros cuerpos, nuestro ser, nuestro ambiente, todo lo que buscamos para entretejer una compleja red de sostenimiento de la vida”, forma parte de los bienes de todos y corresponde a todos su reconocimiento y defensa.

El cuidado tiene dos protagonistas: el suministrador y el destinatario. Para que no se confunda con otras formas de ayuda se necesita de la participación activa de los dos; en esa perspectiva el cuidado no es un mero acto de pasividad, es un juego de ciudadanía en que los dos participantes adquieren el carácter de destinatarios y son indispensables. 

De esta forma , el suministrador (el cuidador, y porque no anotar la  Enfermera) recibe la delegación de quien tiene el dominio-El Estado- y se coloca en una relación recíproca con el destinatario (los sujetos de cuidado: la persona, la familia, la comunidad, el entorno) tanto para satisfacer en situaciones en las que el otro tiene necesidades, como para trascender a situaciones en que los dos se esfuercen por empoderarse el uno al otro.

La participación de los dos destinatarios les  permite reconocerse como titulares de derecho, generando una retroalimentación en espiral que iría desde las  relaciones con ellos mismos, con sus pares, con los otros, con las instituciones, con la sociedad, con el entorno.

Esa interacción que se logre en ese mundo de relaciones, llevará a interconectarse con el goce de otras libertades sustantivas y derechos fundamentales (trabajo,  vivienda, servicios públicos, determinantes sociales  etc.) necesarios para expandir las capacidades de los seres humanos y poder vivir las vidas que valoran. La dimensión política del cuidado depende de esa  trascendencia y en esa dinámica se logra que  el cuidado forme parte del campo de la ciudadanía, garantizándose en una sociedad democrática la sostenibilidad de este  bien.

COMENTARIOS FINALES :  En un contexto económico y social como el de hoy, podríamos afirmar que el cuidado padece la llamada “enfermedad de los costos”, donde los proveedores de los cuidados quedan excluidos de una estructura económica que solo premia la participación en la economía de mercado a rangos de producción que dejan ganancias inmediatas. Esta es una de las razones que explica porqué  los  salarios de los cuidadores en el campo de la salud, no compensan su  trabajo ni son comparables con los de otras profesiones de otras ramas de la economía, profundizando con esto las desigualdades sociales y de género existentes.

Concluyo señalando la importancia de considerar al cuidado un bien público que nos lleva a su dimensión política, y junto con Joan Tronto pensemos en esta salida: “Una política democrática del cuidado se caracterizaría por el  compromiso con la igualdad, incluida la igualdad de acceso a buenos cuidados para todos los seres humanos. Esta política de oposición obliga a sus actores a entenderse como participantes, ciudadanos: De no producirse este cambio de conciencia, chocaremos con la realidad de un mundo sin límites a nuestro propio riesgo”.


LEY DEL CUIDADO- LEY 1419 de 2011.pdf